Interés superior del menor

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La justicia europea justifica la retirada de la tutela a niños por castigar con azotes

28 de marzo de 2018 Jurisprudencia Patria potestad

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una sentencia en la que respalda la decisión de los tribunales alemanos que decidieron retirar la patria potestad y tutela de los hijos de cuatro familias miembros de la Iglesia de las Doce Tribus que vivían en dos comunidades de Baviera y considera que no se ha producido una violación al derecho al respeto de la vida privada y familiar.

El TC ampara a una madre que se negó a restituir a su hija al padre imputado por maltrato, por no haberse ponderado adecuadamente el interés superior del menor

05 de febrero de 2016 Jurisprudencia Menores

Según el TC,  en los procedimientos de inmediata restitución del menor, la integración del mismo en su nuevo medio constituye un elemento de ponderación imprescindible para identificar el interés superior del menor, por lo que su valoración es esencial. Al haberse omitido dicha valoración en la resolución impugnada, se otorga el amparo.

El TS establece que la discrepancia de los padres sobre la custodia compartida no impide que se acuerde si beneficia a los menores

16 de septiembre de 2015 Jurisprudencia Custodia compartida

El TS destaca que la discrepancia de los padres sobre el sistema de custodia compartida no puede determinar por si sola la exclusión de esta medida, si de las circunstancias se desprende que es la que mejor protege el interés de los menores. Señala la Sala Primera en su sentencia, que el informe sicosocial emitido por el perito judicial es importante, pero sus conclusiones deben ser analizadas jurídicamente por el tribunal.

Contenido y novedades de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y adolescencia

23 de julio de 2015 Noticias Menores

La Ley modifica ampliamente toda la materia de protección de los menores sometida a reserva de Ley Orgánica, por afectar a Derechos fundamentales de la persona y concreta por primera vez el alcance del concepto rector del “interés superior del menor”, dotándole de un triple contenido: como derecho sustantivo; como principio general de carácter interpretativo y como norma de procedimiento. La determinación del interés superior del menor en cada caso ha de basarse en las circunstancias concretas, pero también en una serie de criterios reconocidos por el legislador que deben ser tenidos en cuenta y ponderados en función de diversos elementos.

Cuando está en cuestión el interés superior del menor, la respuesta no puede ser la interpretación literal de la norma

16 de marzo de 2015 Noticias Guarda y custodia

En un reciente encuentro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), dos magistrados del TS han repasado la más reciente jurisprudencia de la Sala de lo Civil sobre esta materia. La prevalencia del interés superior del menor como criterio rector de la guarda y custodia compartida y las consecuencias derivadas de dicha consideración, han sido los ejes de la doctrina del TS.

El Tribunal Supremo reconoce a una mujer homosexual la maternidad del hijo que tuvo su pareja por reproducción asistida

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Filiación

Aunque la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida exige a las homosexuales que exista matrimonio con la madre biológica, existe compatibilidad entre la regulación de la filiación por posesión de estado del Código Civil y los principios inspiradores de la ley mencionada. En el caso, esta posesión de estado resulta acreditada, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que se entiende que también concurren.

El Tribunal Supremo reconoce a una mujer homosexual la maternidad del hijo que tuvo su pareja por reproducción asistida

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Filiación

Aunque la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida exige a las homosexuales que exista matrimonio con la madre biológica, existe compatibilidad entre la regulación de la filiación por posesión de estado del Código Civil y los principios inspiradores de la ley mencionada. En el caso, esta posesión de estado resulta acreditada, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que se entiende que también concurren.

El Tribunal Supremo reconoce a una mujer homosexual la maternidad del hijo que tuvo su pareja por reproducción asistida

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Filiación

Aunque la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida exige a las homosexuales que exista matrimonio con la madre biológica, existe compatibilidad entre la regulación de la filiación por posesión de estado del Código Civil y los principios inspiradores de la ley mencionada. En el caso, esta posesión de estado resulta acreditada, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que se entiende que también concurren.

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley que elimina la excepcionalidad de la custodia compartida

19 de julio de 2013 Noticias Custodia compartida

El texto pretende adaptar el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio a la sociedad actual. Será el juez el que determine qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso atendiendo al interés superior del menor. En caso de ruptura conyugal, los padres deberán incorporar al proceso judicial un plan de ejercicio de la patria potestad.

El Congreso pide al Gobierno que impulse una reforma encaminada a lograr la viabilidad de la custodia compartida

20 de junio de 2012 Noticias Custodia compartida

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó esta tarde, con 207 votos a favor, 111 en contra y 8 abstenciones, una moción consecuencia de interpelación urgente por la que emplaza al Gobierno a acometer, en el plazo de seis meses, una reforma encaminada a conseguir la viabilidad de la guardia y custodia compartida en los supuestos de ruptura de la unidad familiar, impulsando la conciliación y atendiendo al interés superior del menor.

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